¿Qué harías con más de 3.000m² completamente llanos? Primera pista: Puedes edificar un 40% y ocupar también el 40% (lo que, traducido, serían más de 1.200m²... una locura, lo sabemos). Pero esto es lo más sencillo de explicar así que ahora te va a tocar leer un poco más:
.- Tenemos un proyecto al gusto del ayuntamiento que si encaja con lo que quieres hacer, podemos valorar que te lo quedes. Y este proyecto incluye casa de huéspedes, piscina y hasta un pequeño invernadero.
.- En todo el perímetro se han plantado árboles ornamentales y frutales.
.- Toda la finca está vallada.
.- Tenemos la autorización de carreteras para el proyecto de acceso (acabas de ganar casi un año de trámites de licencias).
.- EL proyecto que tenemos puedes hacerle modificaciones (sería cuestión de hablar con el estudio de arquitectura y que os pongan los límites)
.- Su orientación es preciosa, completamente llana, con unos accesos espectaculares.
.- Tienes Sarón a 10 minutos, Santander a media hora escasa y las playas a unos 20/25 minutos.
.- Existe la posiblidad (ahí hemos adjuntado el plano que lo identifica) de segregar la finca y construir dos viviendas.
Ahora solo nos queda hacerte una pregunta: con todo esto que te hemos contado y todo lo que estás viendo, ¿que impide que, al menos, nos llames para quedar a verlo y que nos pidas documentación de todo lo que estamos ofreciendo?
De conformidad con lo dispuesto en el art 20.1 del TRLDCU, el precio del inmueble se incrementará en los siguientes importes:
IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso del Impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se calcula sobre el mayor de los valores entre el precio de venta y el valor de referencia catastral, oscilando entre el 3% y el 9% en función de las condiciones del comprador, todo ello de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En el caso de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo vigente del 10% (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).
NOTARÍA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría en un precio de 1.000EUR y en el caso del registro en un precio de 500EUR (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA: El importe de los gastos adicionales deberán ser consensuados con la entidad financiera.
Para el cálculo del precio final pueden contactar con nosotros, para realizar una atención personalizada en función de las circunstancias personales del comprador.
Fincas y solares, Venta
BO SARO DE ENMEDIO, Saro, CantabriaRef.: 1838354

